Extracto por: Sebastián García Aguirre
Dentro del ámbito de las Ciencias Sociales es muy recurrente notar las designaciones de relación que vinculan al hombre con su entorno natural, y en la rama del Derecho esto no es muy diferente, por ello, docentes investigadores de la “Escuela de Derecho” de la Pontificia Universidad “Católica del Ecuador” Sede Ibarra, en su artículo “Ambiente, antropocentrismo y biocentrismo en la constitución del Ecuador” publicado en la veintiuna edición de la revista semestral AXIOMA, buscan describir el perfil ambiental de la Constitución de 2008.
Esta investigación parte de enfoques jurídicos y filosóficos, donde la idea principal radica en analizar la relación del ser humano con su medio natural, y la importancia ambiental en el siglo XXI. Para ello se hizo uso de métodos de investigación cualitativos y descriptivos.
Dentro de los marcos jurídicos de los países, y sus normas constitucionales, se han visto la implementación de leyes que aseguren el desarrollo sustentable en materia medioambiental, tomando igual o mayor importancia que el tema económico y social. Para así, asegurar la promoción de ambientes propicios para el desarrollo humano-personal, innovando y adecuando sus actividades a las expectativas jurídicas ambientales. De esta manera, se perciben reflexiones de principios antropocéntricos y biocéntricos que desembocan en temas de estudio y consideración en torno a la expresión jurídica de la Constitución ecuatoriana de 2008.
Encuentra el artículo completo en:
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Fuente: Mejías C., Gil Osuna B., Mendoza P., Erazo A. (2019) Ambiente, antropocentrismo y biocentrismo en la constitución del Ecuador. AXIOMA Num.21. Recuperado de: